JURO, ‘derecho que se tiene sobre algo’, ant. y dial., en textos arcaicos jur, del lat. JȢS, JȢRIS, ‘derecho, jurisdicción’; la forma moderna se explica por haberse tomado como derivado del verbo jurar.

1.ª doc.: jur, docs. de 1195 y 1202; juro, 1155, Fuero de Avilés, y doc. de 1206 (Oelschl.).

Ambas variantes y además la leonesa jurio se hallan en los manuscritos del Fuero Juzgo, a mediados del S. XIII en la locución tener en su jur(io) ‘tener en su poder’: «se la yglesia tobier dalguna cosa en su jur..., mandamos que los possessores de la iglesia, que tienen el juro, que jurem» (más ejs. en Fz. Llera). En la época clásica la ac. corriente es ‘renta, derecho que se percibe sobre algo’ («tiene un juro sobre las yerbas de Extremadura», La Gitanilla, Cl. C., 44; ejs. análogos en G. de Alfarache I, 97.11; V, 65; en el Alfarache de Martí, Rivad. III, 381; Quevedo, Cl. C. IV, 117; Quiñones de B., NBAE XVIII, 968; Fcha.; Aut.). Se tomó jur por derivado postverbal de jurar, que era de uso más popular (al modo como existían desmán y desmano, p. ej.), y de ahí vino la forma posterior juro. Es frecuente la locución adverbial de juro ‘de seguro, ciertamente’, ya documentada en Juan del Encina, en doc. de 1523 (Fz. de Navarrete, Viajes por la Costa de Paria, 196, 198), etc., y hoy viva en Andalucía (A. Castro, Lengua, Enseñanza y Lit., 74), Arg. (BDHA III, 203) y Colombia (Cuervo, Ap., § 392), pero desusada en el lenguaje común español; en la Arg. es vulgar el redundante dejuramente.

DERIV.

Jurar [Cid, etc., general en todas las épocas y común a todos los romances; Cej. IV, § 92], del lat. JȢRARE íd.1; jura [1102, Oelschl.]; jurado [1220 (M. P., D. L. 276)]; juradero; juradería [1401, BHisp. LVIII, 91, Nebr.]; jurador, juraduría; juramento [docs. de 1045 y 1210, Oelschl.; APal. 107b; Nebr.]; juramentar [APal. 143d; Nebr.]; jurante, juratorio; juratoria.

Conjurar [princ. S. XIII: Sta. M. Egipc., Berceo, vid. Cuervo, Dicc. I, 386-9]; conjura; conjuración [med. S. XV, Gz. Manrique (C. C. Smith, BHisp. LXI); Nebr.]; conjurado; conjurador [Nebr.]; conjuramentar; conjurante; conjuro o, ant., esconjuro; ast. esconxurar ‘exorcizar’ (V).

Enjurar; enjuramiento.

Cultismos. Abjurar [med. S. XV, Gz. Manrique (C. C. Smith); h. 1580, Fr. L. de Granada: Cuervo, Dicc. I, 44]; abjuración. Perjurar [Cid], del lat. perjurare íd.; perjuro, perjurador; perjurio. Injuria [J. Ruiz], tomado del lat. ĭnjūrĭa ‘injusticia’, ‘ofensa’; injuriar [Nebr.], injuriador [Nebr.], injuriamiento, injuriante; injurioso [Corbacho (C. C. Smith)]. Jurista [APal. 146d; 1604, Alfarache, Aut.].

CPT.

Son también cultismos. Jurídico [1515, Fz. Villegas (C. C. Smith); 1635, Salas Barbadillo], de jūrĭdĭcus, compuesto con dicere ‘decir’; juridicidad. Jurisconsulto [Mena (C. C. Smith); APal. 228d], de jurisconsultus, con consulere ‘pedir consejo’. Jurisdicción [juridición h. 1440, A. Torre (C. C. Smith); APal. 380d; Nebr.], de juris dictio ‘acto de decir el derecho’; juridicial ant. [jurisdicial, APal. 227d]; jurisdiccional. Jurisperito [APal. 228d], de juris perītus ‘perito en derecho’; jurispericia. Jurisprudente [Aut.] de juris prudens ‘enterado en derecho’; jurisprudencia [fin del S. XVII, Aut.].

1 En materia de construcciones me limito a señalar jurar de (Quijote I, iv, Cl. C. I, 121), y la modal yo os juro hacer mercedes = ‘juro haceros mercedes’ (Tirso, Prudencia en la Mujer, ed. Losada I, xvi, p. 199). Para juria o jurio en fórmulas de juramento o exclamación, vid. Gillet, Homen. M. P. I, 446-447; parece tratarse de una contaminación por parte de pesia (pese a...). Hay variante dialectal yurar, de la cual deriva el antiguo término forense matrimonio a yuras.