LASTAR, ‘suplir lo que otro debe pagar, con el derecho de reintegrarse’, ‘sufrir por otro’, probablemente del gót. LAISTJAN ‘seguir los pasos de alguien’, ‘ejecutar, practicar (algo)’, que en otras lenguas germánicas tiene el sentido de ‘cumplir (una promesa, un deber)’; quizá, sin embargo, se trate de otra palabra gótica de la misma raíz con otra terminación y sentido semejante.
1.ª doc.: J. Ruiz: «a las vegadas lastan justos por pecadores», 667a; Cej. VII, § 33.
Ya Diez, Wb., 462 (con la aprobación de M-L., REW 4858, y Gamillscheg, RFE XIX, 235-6, y R. G. I, 382-3), indicó como étimo el gót. laistjan, frecuente en la Biblia de Úlfilas, junto con sus derivados afarlaistjan y galaistjan, en los sentidos de ‘seguir los pasos de alguien’, ‘ejecutar, practicar (algo)’ (p. ej. practicar el bien, Thessal. V, 15; practicar la justicia, Ad Rom. IX, 30); es palabra hermana del a. alem. ant. leisten ‘cumplir un mandato, un deber’ (hoy ‘ejecutar, realizar’), b. alem. ant. lêstian, fris. ant. lâsta, ags. læstan. Luego todas las lenguas germánicas postulan una base LAISTJAN, que ofrece cierta dificultad formal como punto de partida del cast. lastar, pues los verbos germánicos en -JAN suelen dar verbos romances en -ir. Sin embargo no es regla sin excepciones. Por otra parte, es posible que se trate, bien de un gót. *LAISTÔN, de sentido semejante a LAISTJAN, o bien de un derivado puramente romance del sustantivo LAISTS ‘huella’ (del cual deriva LAISTJAN), sustantivo bien documentado en gótico. Sin embargo, nótese que el sentido del cast. lasto indica más bien una formación postverbal, y de ninguna manera un descendiente directo de LAISTS; por otra parte, el sentido de ‘cumplir la obligación de otro’, que parece ser el primario en el cast. lastar está más cerca del significado alemán que del gótico; a pesar de ello, una voz puramente castellana dentro del romance ha de venir precisamente del gótico y no de otro idioma germánico, luego no sería extraño que en el idioma de los visigodos hubiese existido una variante verbal de LAISTJAN con otra terminación y con un sentido más próximo al castellano. Sea como quiera, apenas cabe dudar de esta etimología, pues la reducción de AI a una a romance es fenómeno normal y bien conocido en los germanismos, y es muy natural que el antiguo derecho castellano, tan influido por la Lex Wisigothorum, recibiese este tecnicismo jurídico del lenguaje nacional de este pueblo. Desde luego no puede tratarse del a. alem. ant. (h)last ‘peso’, sugerido por la Acad., que no explicaría bien el sentido primitivo de lastar.
DERIV.
Lasto [J. Ruiz, V. arriba].
1 A veces simplemente ‘pagar’: «Demonios o criadas: / ¿de lechugas hacéis las ensaladas? / Los pobres amos son los que lo lastan; / ¿pues de hojas de rábano, no bastan?», Quiñones de B., NBAE XVIII, 509. ↩